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Más de 5 mil efectivos de las Fuerzas Armadas custodiarán urnas y circuitos

Más de 5 mil efectivos de las Fuerzas Armadas custodiarán urnas y circuitos

Efectivos de las Fuerzas Armadas custodiarán urnas y circuitos electorales habilitados para las Elecciones Departamentales y Municipales del próximo domingo, tarea para la que se destinarán alrededor de 5800 integrantes de las Fuerzas Armadas incluyendo los custodios y el apoyo logístico.

El Ejército Nacional desplegará el apoyo de más de 4000 efectivos en distintas áreas como logística, sanitaria, reservas, conductores y personal que realiza tareas de Comando y Control.

Además, dispondrá de más de 190 vehículos destinados a la logística. Se calcula que la fuerza de tierra tendrá bajo su responsabilidad el 48% de las urnas que serán desplegadas y custodiadas en los diferentes circuitos de todo el país, en apoyo a las Elecciones Departamentales. Por su parte, la Armada Nacional destinará 1198 funcionarios.

En tanto, la Fuerza Aérea Uruguaya tendrá afectados alrededor de 650 efectivos, de los cuales 594 estarán como custodios de urnas en Montevideo, Canelones y Durazno, y el resto cumplirá tareas de transporte, alimentación, etc.

Qué se elige el domingo

El próximo domingo 11 de mayo se eligen las autoridades de las intendencias y municipios del país, en el horario de 8 a 19:30 horas, según lo dispuesto por la Corte Electoral. El voto es secreto y de carácter obligatorio para aproximadamente 2.700.000 personas habilitadas para votar, que ejercerán su derecho a sufragio en más de 7.000 circuitos a nivel nacional.

A su vez, podrán votar todas las personas inscriptas en el Registro Cívico Nacional que tengan dieciocho años de edad al 11 de mayo de 2025 y figuren en la Sección Habilitados para votar. No hay límite de edad que exima de la obligación de votar. Por lo tanto, se trata de dos elecciones simultáneas: en las departamentales se vota al intendente de cada departamento y los miembros de las juntas departamentales. En las elecciones municipales, se votan los 5 miembros del consejo municipal. El primer titular de la lista más votada del lema más votado, siempre que resulte proclamado concejal, se denominará Alcalde y presidirá el municipio. Los restantes miembros se denominarán Concejales. Es importante recordar que la lista elegida debe ser del municipio donde corresponde votar (de acuerdo a la serie de tu credencial cívica y no necesariamente al lugar de residencia).

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