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Tribunal confirmó imputación a Besozzi y a otros exjerarcas

Tribunal confirmó imputación a Besozzi y a otros exjerarcas

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º turno confirmó este jueves la imputación del intendente reelecto de Soriano,Guillermo Besozzi por varios delitos contra la administración pública y de otros seis exjerarcas de la intendencia de Soriano, según la sentencia a la que accedió El Explorador.

Una vez que el juzgado notifique la sentencia a la Corte Electoral, ésta procederá a suspender la ciudadanía del intendente electo, señalaron fuentes de la Corte Electoral, de acuerdo con el artículo 266 del Código de Proceso Penal referido a la formalización y el artículo 80 de la Constitución, por la condición de legalmente procesado en causa criminal de la que pueda resultar pena de penitenciaría (más de 24 meses). 

Besozzi, quien había logrado la reelección en las elecciones del 11 de mayo, no podrá ser proclamado como intendente por lo que en su lugar debería asumir el  primer suplente.

El pasado 13 de marzo, la jueza Ximena Menchaca había dispuesto  la imputación de Besozzi y de otros seis jerarcas de la Intendencia de Soriano por la gestión de materiales de la comuna. En el caso de Besozzi, fue imputado por reiterados delitos de peculado, reiterados delitos de tráfico de influencias, delito de concusión, reiterados delitos de omisión de denunciar delitos, un delito continuado de cohecho simple y reiterados delitos de abuso de funciones, y como coautor de un delito de cohecho calificado. Todos estos delitos fueron en régimen de reiteración real.

La jueza impuso como medidas cautelares el arresto domiciliario total por 180 días, con colocación de tobillera electrónica. Luego, el 5 de mayo, en la previa a las elecciones departamentales y municipales, accedió a quitarle la tobillera y dispuso arresto nocturno desde medianoche hasta las 7 de la mañana, lo que permitió al intendente aparecer públicamente en el último tramo de la campaña.

Los abogados de Besozzi recurrieron la sentencia en primera instancia con el objetivo de obtener la nulidad de la imputación. Ante esto, el Tribunal de Apelaciones sostuvo este jueves que «no es técnicamente ajustado a derecho, más allá que se procederá a analizar las argumentaciones vertidas en tal sentido, aunque como parte del recurso de apelación».

«En una fase caracterizada por desequilibrios entre las partes, los que provienen como se reseñó anteriormente de los medios investigativos que disponen unos y otros, no se afectaron derechos y/o garantías de imputados que conlleven a la nulidad pretendida. Pudieron existir algunas desprolijidades especialmente en cuanto a la numeración de los hechos atribuidos y las referencias realizadas, pero de ninguna manera se vulneraron las garantías del debido proceso, en particular del pleno ejercicio del derecho de defensa», indica la sentencia.

Y agrega: «las respectivas defensas accedieron a la carpeta fiscal, por lo que la formalización de la investigación no fue en infracción o en abierta violación a lo previsto en el CPP respecto a las garantías del imputado, en particular a su derecho de defensa. Las nulidades están reservadas a aquellas situaciones en que se configure un total apartamiento de tales garantías, cuando efectivamente se produjo un estado de indefensión del imputado, lo que no ocurrió en la especie».

«Cabe concluir que el acto no está afectado por un vicio tal que lo haga inidóneo para su fin, ni se generó indefensión. Eventuales deficiencias que se hubieran padecido podrán ser remediadas en el juicio oral», sostiene el dictamen.

Con respecto a la imputación, el Tribunal afirma que «existe un grado de convicción provisoria respecto de la comisión de los delitos referenciados y a la participación de los imputados en los mismos. Ello determina que la formalización de la investigación es ajustada a derecho. Debe tenerse presente que en este estadio procesal, lo que se exige son elementos objetivos suficientes respecto a la existencia de los hechos y la participación de los imputados en los mismos».

Con los votos de los ministros Luis Charles y Adriana de los Santos, el Tribunal de Apelaciones resolvió confirmar la imputación de Besozzi, del secretario general Daniel Gastán; el prosecretario Gonzalo Castillo; el director de Hacienda, Pedro Besozzi (sobrino de Guillermo Besozzi); del director de Obras, Pedro Nocetti; el director de Auditorías, Germán Cavalero; y el director de Logística, Jonathan Torres.(https://heyzine.com/flip-book/e64afcface.html)

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