
Elecciones: ¿Dónde voto?¿Puedo votar sin la credencial?

Este domingo se llevarán a cabo en Uruguay las elecciones nacionales para elegir al nuevo presidente de la República y vicepresidente, la integración del nuevo Parlamento y de las Juntas Electorales.
Además, conjuntamente con la votación, la ciudadanía deberá pronunciarse en torno a dos plebiscitos: el que promueve los allanamientos nocturnos (papeleta amarilla, por el SI) y el que introducen cambios al régimen jubilatorio (papeleta blanca, por el SI). El Explorador consultó al ministro de la Corte Electoral José Korzeniak para responder a algunas de las preguntas más frecuentes sobre la votación de este domingo.
De acuerdo con el artículo 151 de la Constitución, la victoria presidencial en primera vuelta se logra con el 50% más uno de los votantes. No es la mitad más uno de los votos válidos (ni de los habilitados) sino la mitad más uno de los votantes que efectivamente concurren a los comicios.
Esto implica, un requisito tremendamente exigente (de los más exigentes del mundo en materia de balotaje) ya que la persona que aspira a ganar en primera vuelta tiene que obtener más votos que la suma de los votos válidos, votos en blanco y votos anulados. En el sistema uruguayo es muy difícil la victoria en primera vuelta. Desde la vigencia del nuevo sistema, en 1996, hubo un único antecedente: el de las elecciones de 2004 con el triunfo de Tabaré Vázquez.
En caso contrario, el 24 de noviembre tendrá lugar un balotaje entre los 2 candidatos finales (en ese caso, el que obtenga más votos gana). Son 11 las fórmulas presidenciales que compiten en esta primera vuelta: Partido Frente Amplio, Partido Nacional, Partido Colorado, Partido Cabildo Abierto, Partido Identidad Soberana, Partido Independiente, Partido Asamblea Popular, Partido Constitucional Ambientalista, Partido Ecologista Radical Intransigente, Partido Por Los Cambios Necesarios, y el Partido Avanzar Republicano.
¿Dónde votar?
Para saber dónde votar, la Corte Electoral habilitó un buscador del padrón donde se puede consultar el lugar de votación ingresando la serie y el número de la credencial cívica o también con el nombre, apellido y fecha de nacimiento.
El voto es obligatorio para los ciudadanos uruguayos mayores de 18 años e inscriptos en el Padrón Electoral. De acuerdo con la Corte Electoral, para esta elección hay 1.727.120 habilitados. En todo el país, se dispusieron 7.225 circuitos. Para esta votación, hubo alrededor de 260 mil inscriptos nuevos.
Las personas habilitadas para votar que no hubieren sufragado ni justificado su omisión, deberán hacer efectivo el pago de la multa, trámite que se puede hacer a través de la página web de la Corte Electoral. El costo de la multa es de $1.740 (pesos uruguayos mil setecientos cuarenta). El costo de la multa para funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República es de $3.480 (pesos uruguayos tres mil cuatrocientos ochenta).
Podrá justificarse el no voto por tres causales: hallarse con una incapacidad física que le impida dirigirse al centro de votación para lo cual tendrá que adjuntar como justificación un certificado médico; hallarse fuera del país, en ese caso tendrá que comprobarlo también para lo cual dispondrá de hasta 30 días a partir de su retorno para presentarse con el documento de viaje y por caso de fuerza mayor que también deberá ser debidamente justificado. La justificación del no voto se puede hacer a través de la página de la Corte después de la primera vuelta o en caso que hubiera segunda vuelta, se podrán justificar las dos ausencias hasta 30 días después del 24 de noviembre.
¿Puedo votar sin la credencial?
El documento único autorizado para votar es la credencial cívica. No obstante, si alguna persona la extravió y recuerda su serie y su número, va al circuito que le corresponda, lo enuncia, además del nombre y del apellido, y va a poder votar aun sin credencial. En caso de haber perdido la credencial y que tampoco recuerde la serie y el número, podrá recurrir al buscador de la Corte Electoral para ubicar la serie y el número.
Korzeniak advierte a los electores prestar mucha atención en una serie de detalles que presentan las hojas de votación para que no se le anule el voto: en primer lugar, que tenga el nombre del departamento en el cual tiene que votar y no sea otro, porque si por ejemplo, introduce una hoja de votación en Maldonado y le correspondía votar en Montevideo ese voto va a ser nulo.
Por otro lado, que tenga la fecha del 27 de octubre de 2024 para evitar que se cuele alguna hoja de votación de elecciones anteriores. Por último, que la hoja de votación no tenga ni tachaduras, ni rayas con lápices, lapiceras, roturas o enmendaduras. Explicó que todo el contenido del sobre se anula por ejemplo si coloca dos hojas de distinto lema. En ese caso, también se anulan las papelatas por los plebiscitos si las hubiera.
Lo que sí se puede es introducir hasta dos hojas idénticas pero una tercera anula el voto y si se introducen dos hojas de votación distintas pero correspondientes al mismo partido político, no es causal de anulación y se considera como un voto al lema únicamente.
Se podrá votar de 8.00 a 19.30 horas. Todas las personas que se encuentren en la fila pasadas las 19.30 podrán emitir su voto.
¿Cómo saber qué circuitos son accesibles?
Entre todos los 7.225 circuitos habilitados para este domingo, de acuerdo con la Ley 19.790, las juntas electorales, al disponer los locales de votación, deben garantizar que al menos una comisión receptora de votos de la serie y el local “cuente con condiciones de accesibilidad […] de modo que las personas en situación de discapacidad motriz puedan emitir el sufragio”.
En los planes circuitales de cada departamento se puede visualizar qué circuitos son accesibles. Igualmente, el buscador de padrón indica si el circuito correspondiente a cada persona tiene condiciones de accesibilidad. Para Montevideo, la Corte publicó una separata con la distribución de circuitos accesibles por serie.
La Corte Electoral aclara que si una persona en situación de discapacidad motriz, transitoria o permanente, tiene que votar en un local o comisión receptora de votos sin condiciones de accesibilidad, “podrá sufragar, exhibiendo la credencial cívica, ante un circuito declarado accesible siempre y cuando este se encuentre dentro de la serie que le corresponde”. El votante deberá firmar una declaración jurada sobre su situación de discapacidad y su voto tendrá carácter de observado.
Votos observados
¿En qué circunstancias hay votos observados?. En primer lugar, el voto observado por identidad que son los más complejos pero también los más escasos. Es decir, algún delegado de mesa, entiende que la persona no probó suficientemente la identidad. No le creen que es él, aun habiendo presentado la credencial. En ese caso, hay que tomarle una ficha de observación, tiene que dejar impresa su huella digital para que después se analice su voto, si coincide la huella, se valida y si no no se valida. Después, vota observado simple la persona con discapacidad motriz que fue a votar en otro circuito de su serie porque el circuito que le tocó no era accesible, firma una declaración jurada y vota con esa observación. También votan observado simple los funcionarios electorales, o los integrantes de mesa o los custodias que están trabajando en otro circuito distinto al que le corresponde por distribución. Y por último, las personas que están en el padrón en un circuito rural pueden votar en otro circuito rural que no les corresponda, siempre que sean del mismo departamento. La particularidad de los votos observados es que se recogen aparte, en un sobre azul, y además son votos que no se escrutan en el escrutinio primario sino que se escrutan en el escrutinio departamental o definitivo que empieza el martes.
Plebiscitos y papeletas
Además, en estas elecciones se llevarán adelante dos consultas populares: el plebiscito de la seguridad social (o reforma jubilatoria) y el plebiscito sobre allanamientos nocturnos. Por tanto, además de llevar las listas de los candidatos a la presidencia, si el votante decide votar a favor de uno de estos plebiscitos, deberá tener la papeleta que corresponda. La del plebiscito impulsado por la central sindical sobre la seguridad social es blanca con letras negras, y la papeleta que reforma el artículo 11 de la Constitución para habilitar los allanamientos nocturnos es amarilla. Con respecto a la aprobación, para que una reforma constitucional entre en vigor, tiene que pronunciarse a favor la mayoría de quienes concurren a los comicios (la mitad más uno de los votantes).