Uruguay amplió su plataforma marítima a 350 millas náuticas: “Ahora hay que hacerse cargo”
Uruguay completó en agosto una etapa del proceso que llevó a establecer el límite exterior de su plataforma continental ampliada. El jueves 13 de agosto de 2026, la Misión Permanente del país ante las Naciones Unidas depositó en la Secretaría General del organismo, en Nueva York, la carta náutica oficial con las coordenadas y los datos que describen ese límite hasta un máximo de 350 millas náuticas.
En entrevista con El Explorador, Gonzalo Rodríguez, asesor letrado de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), explicó qué efecto tiene esa formalización, qué derechos ejerce Uruguay sobre el lecho y el subsuelo marino y qué tareas quedan por delante actualmente.
El depósito no creó los derechos
Para Rodríguez, el efecto jurídico del depósito es dar publicidad a las coordenadas del límite exterior de la plataforma continental extendida. La formalización de agosto comunica cuál es el límite adoptado por Uruguay.
Lo relevante, según el especialista, había ocurrido en 2016, cuando la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas recomendó los puntos geográficos que determinaban el límite máximo de la plataforma continental extendida de Uruguay. El país aceptó esa recomendación y, desde entonces, ese límite pasó a ser definitivo y obligatorio para todos los Estados.
Rodríguez señaló que “lo que faltaba era dar publicidad a esas coordenadas geográficas y fue lo que hizo Uruguay en agosto”. La información fue remitida al secretario general de Naciones Unidas para que luego fuera enviada a la División de Asuntos Oceánicos y Derecho del Mar.
La construcción de ese límite requirió la participación de organismos públicos y especialistas. Rodríguez explicó que en 1996 un decreto del Poder Ejecutivo creó una comisión de expertos de distintos ministerios, presidida por Relaciones Exteriores. También participaron Defensa, a través del Servicio de Oceanografía e Hidrografía y Meteorología de la Armada Nacional; Industria y Minería; Ganadería, Agricultura y Pesca; ANCAP; y la Facultad de Ciencias de la Universidad de la República.
El equipo reunió perfiles vinculados con geología, geografía y derecho. Su cometido fue comenzar a reunir información para presentar ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental los elementos que permitieran establecer los límites máximos de la plataforma uruguaya.
En abril de 2009 Uruguay presentó esa información. A partir de entonces, la comisión internacional designó una subcomisión integrada también por expertos en geología y comenzó el análisis de la solicitud uruguaya. Rodríguez relató que esa instancia pidió información complementaria para constatar las características geológicas del fondo y del subsuelo marino.
Después del análisis de esos datos, en 2016 la comisión realizó su recomendación sobre los puntos que alcanzaría el límite máximo de la plataforma continental. Al aceptar Uruguay esos puntos, explicó Rodríguez, “ese límite máximo se vuelve definitivo y obligatorio para todos los estados”.
Qué cambia después de las 200 millas
La plataforma continental no se refiere a toda la masa de agua. Rodríguez explicó que se trata de un régimen jurídico que alcanza específicamente al fondo y al subsuelo marino. Esa diferencia resulta central para entender qué derechos obtiene Uruguay con la ampliación.
Según explicó, los Estados ribereños pueden extender los derechos sobre los fondos y el subsuelo más allá de las 200 millas náuticas cuando acreditan que poseen una plataforma continental que se prolonga físicamente más allá de esa distancia. Uruguay realizó ese proceso y obtuvo el reconocimiento del límite máximo recomendado en 2016.
Los derechos de soberanía abarcan la exploración y explotación exclusiva de los recursos no vivos y de los recursos vivos correspondientes a especies sedentarias presentes en el fondo y el subsuelo marino. Entre los recursos no vivos que mencionó Rodríguez se encuentran los hidrocarburos y la posible existencia de gas.
Durante la entrevista explicó que “todo lo que es la exploración y posible explotación de recursos no vivos, por ejemplo, hidrocarburos o posible existencia de gas que pueda haber en esta nueva zona, le corresponde en forma exclusiva al Uruguay”.
La categoría de especies sedentarias comprende aquellas que viven en contacto con el fondo marino o que se desplazan, pero permanecen en contacto con él. Uruguay también tiene derechos de soberanía sobre esos recursos en el nuevo espacio jurídico.
La ampliación no llega de manera uniforme a las 350 millas. Rodríguez aclaró que se trata de un límite máximo y que solo un segmento alcanza esa distancia. La nueva plataforma representa aproximadamente 83.000 kilómetros cuadrados adicionales.
Prospecciones sísmicas y exploración
La extensión de los derechos de soberanía no significa que las actividades de exploración que ya se desarrollan en el mar uruguayo se hayan trasladado automáticamente al nuevo espacio. Consultado sobre las autorizaciones para prospecciones sísmicas y exploración de minerales e hidrocarburos, Rodríguez aclaró que “más allá de las 200 millas náuticas, no se incluye”.
El especialista explicó que se han adjudicado lotes para exploración, pero siempre dentro de las primeras 200 millas náuticas medidas desde la línea de base. Por lo tanto, la nueva superficie jurídica no debe confundirse con un área que ya esté siendo explotada o explorada por empresas.
La diferencia también alcanza al régimen aplicable a la columna de agua. Rodríguez señaló que la superficie y el volumen de agua más allá de las 200 millas quedan dentro del régimen de alta mar, donde rigen la libertad de navegación de los buques de todos los Estados y la libertad de pesca bajo los límites establecidos por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
Control y fiscalización
El reconocimiento jurídico plantea también una tarea de control. Rodríguez explicó que Uruguay deberá poder verificar que en esa nueva zona no se desarrollen determinadas actividades sin la autorización correspondiente.
Entre los controles mencionó la posibilidad de detectar una perforación de la plataforma realizada por un buque sin autorización del Estado uruguayo. También señaló que las investigaciones científicas marinas por buques extranjeros deben de contar previamente con el consentimiento de Uruguay cuando se trate de actividades comprendidas en ese régimen.
En esa tarea aparecen distintas instituciones. El Ministerio de Defensa, a través de la Armada Nacional, tiene un papel de control. La Dinara también interviene, especialmente ante una eventual explotación de especies sedentarias en el fondo marino, algo que Rodríguez ubicó en un horizonte de mediano plazo.
El Ministerio de Ambiente podría tener competencias en relación con otras actividades que se desarrollen en la nueva zona. Rodríguez mencionó el tendido de cables submarinos y las tuberías vinculadas con hidrocarburos como actividades que también deberían ser objeto de control ambiental.
Conocer antes de explotar
Para Rodríguez, uno de los primeros desafíos consiste en saber qué existe realmente en ese espacio. La posibilidad de explotar recursos en el futuro está vinculada con la información científica disponible y con la capacidad de determinar qué recursos podrían ser aprovechables.
En el caso de las especies sedentarias, explicó que todavía existe el desafío de conocer cuáles podrían llegar a ser objeto de explotación. Las profundidades de esa zona pueden hacer difícil que esas especies sean explotadas efectivamente en el presente.
Para el especialista “lo primero es conocer qué es lo que existe en esta nueva zona. Y para eso la investigación científica es fundamental”.
Posibles recursos
Al hablar de los posibles recursos del lecho y del subsuelo, Rodríguez fue cuidadoso en diferenciar las posibilidades de las certezas. Mencionó los hidrocarburos y la posible presencia de otros minerales en el subsuelo, además del gas.
También se refirió a los nódulos polimetálicos, minerales presentes en el fondo marino que, según explicó, pueden tener interés para distintas industrias. Entre los usos que mencionó están materiales vinculados con la construcción de aeronaves, naves espaciales y celulares, además de materiales de litio.
Aclaró que no estaba afirmando que esos recursos existan en la nueva zona uruguaya. “No quiero decir que existan, sino que puede llegar a existir”, precisó al referirse a esas posibilidades.
Más superficie marítima que terrestre
“Podemos decir que Uruguay logró con esta extensión tener más derecho de soberanía sobre la superficie marítima que sobre la superficie terrestre». La afirmación de Rodríguez sobre la dimensión territorial del proceso refiere a la suma de los kilómetros cuadrados de superficie marítima sobre los que Uruguay tiene derechos de soberanía, incluida la nueva extensión. No significa que el país pase a tener soberanía sobre toda la superficie del agua hasta las 350 millas, porque, como explicó, la ampliación de la plataforma continental se refiere al fondo y al subsuelo.
La nueva dimensión plantea una pregunta; ¿qué hará Uruguay con esos derechos que ya tiene reconocidos? La respuesta de Rodríguez apunta a una política de Estado. “Ahora hay que hacerse cargo y seguirlo viendo como una política de Estado”. Agregó que es necesario “proyectar los próximos pasos para empezar a conocer de mejor forma cuáles son los recursos que existen en esa nueva zona.”
El mapa y lo que todavía falta
Rodríguez recomendó tener presente otra cuestión al observar el mapa de la nueva plataforma. El límite máximo hacia el océano no es lo mismo que los límites laterales con los países vecinos.
Con Brasil, explicó, Uruguay ya acordó el límite lateral de la plataforma continental extendida. La línea continuará la que ya existía para la plataforma continental.
Con Argentina, en cambio “se está negociando”. La diferencia es relevante porque la Comisión de Límites de la Plataforma Continental establece recomendaciones sobre el límite máximo del ancho de la plataforma, pero no determina los límites laterales entre Estados. Esos límites deben ser acordados entre los países ribereños.
Por eso, el mapa que muestra una eventual continuidad de la línea hacia el límite lateral con Argentina debe ser entendido como una proyección.
Un espacio reconocido y una tarea pendiente
La nueva superficie jurídica no se traduce por sí sola en explotación de recursos. Antes aparecen tareas de conocimiento científico, evaluación de eventuales recursos, planificación de los usos del espacio y control de las actividades que puedan desarrollarse.
Para Uruguay, la etapa que comenzó con el trabajo de técnicos, científicos, abogados y organismos estatales hace tres décadas entra ahora en otra fase: conocer con mayor precisión qué existe en la zona, definir cómo se podrán desarrollar las actividades que correspondan y coordinar las competencias del Estado sobre un espacio marítimo que, en palabras de Rodríguez, ahora obliga al país a hacerse cargo de lo que consiguió reconocer.





